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Nacional | Armas de policías y militares tendrán registro balístico


LA TRIBUNA HN | El pleno del Congreso Nacional, conoció anoche el dictamen de la nueva Ley der Armas, la que regulará la tenencia y portación del armamento entre los hondureños.

La normativa denominada: “Ley de Control de Armas, Explosivos y Similares”, será una normativa importante para el país, porque será una herramienta útil en el control y manejo de las armas de fuego, considerando que con ellas se comete el 80% de muertes violentas en el país, argumentó el presidente de la comisión de dictamen, Mario Pérez.

El Estado de Honduras necesita de una nueva herramienta legal y jurídica que permita que el gobierno tenga un mejor control en el manejo y portación de armas.

Expuso que la Ley contempla la destrucción de las armas de fuego decomisadas o incautadas en delito, porque con la nueva normativa el Estado ya no almacenará armas, porque se han dado hechos en donde se perdieron estando bajo custodia.

Agregó que el dictamen de la nueva Ley de Armas, el Congreso lo socializó con diferentes sectores, sociedad civil, derechos humanos, seguridad y justicia, durante ocho años. (JS)

EL DICTAMEN RESALTA

*** Fortalecer el tema de registro en la regionalización. Actualmente en Honduras solo existen dos oficinas de registro balístico en Tegucigalpa y San Pedro Sula. Los ciudadanos de otros sectores del país tienen que viajar hasta Tegucigalpa o San Pedro para hacer los trámites de registro con su arma sin permiso de portación expuesto a que pueda ser víctima de un asalto, quitarle la vida por robarle el arma de fuego.

*** Ampliar la capacidad del sistema IVIS que es un sistema tecnológico de identificación balística donde se practican las pruebas de las ojivas, del proyectil, casquillos, eso pasa al sistema de identificación y eso pasa a ser como tomarle la huella digital a cada una de los proyectiles y casquillos y ya queda en la base de datos del Estado y sirve para poder determinar en manos de quién está cada una de las armas de fuego.

*** Se debe ser más riguroso en la compra del arma de fuego en la armería, porque hoy, de acuerdo a la ley, se va con los requisitos, paga en la armería y esa arma se le entrega al ciudadano, sale sin ningún registro balístico, sin permiso de portación y posiblemente puede pasar 6 meses a un año y nunca se le hizo registro balístico.

*** Ahora todas las armas tendrán pruebas y registros balísticos antes de su venta. Cuando el ciudadano lleve sus requisitos el arma se le entregará cinco días después para cumplir el período de enfriamiento. Cuando se le entregue el arma ya contará con su permiso de portación.

El ciudadano que acuda a comprar munición a la Armería tiene que presentar su permiso de portación y se le venderá munición únicamente de acuerdo a su permiso de portación o de acuerdo al arma que tiene el permiso para cerrar la venta excesiva de proyectiles.

*** La Ley contempla la destrucción de las armas de fuego decomisadas o incautadas en delito.

*** Registro obligatorio para todas las armas del Estado, Policía Nacional, Fuerzas Armadas se les practicará un registro balístico, en manos de qué policía o militar tiene asignada dicha arma.

*** Existirán diferentes tipos de permiso, para los que se dedican a la caza, al deporte, coleccionistas, la persona natural, empresas de seguridad privada.

*** El número de armas que puede registrar un ciudadano de manera legal será de tres y no de cinco como lo estipula la ley. Pero el que ya tiene las cinco registradas antes de la vigencia de la presente Ley siempre mantendrá ese derecho. El que registre tres armas, solo tendrá permiso de portación para una.


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